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    La eficacia de la audiencia del artículo 70 de la ley 1395 de 2010

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    En la Ley 1395 de julio del año 2010 se introducen disposiciones, por ejemplo, aplicables en materia de la conciliación extrajudicial en derecho, obligatoria para acudir a la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para pedir el resarcimiento de perjuicios. Un concepto previo, necesario para la comprensión y mirada de los mecanismos alternativos de solución de los conflictos suscitados entre el Estado y los ciudadanos, es comprenderlos como instrumentos jurídicos que pueden ser empleados por la gerencia jurídica estatal, no solo para atender eficientemente los intereses litigiosos del Estado sino para satisfacer y restablecer los derechos de los asociados cuando han sido vulnerados por una acción u omisión de la administración

    La conciliación extrajudicial en asuntos de lo contencioso administrativo

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    El estado en cumplimiento de las múltiples funciones que le impone la Constitución Política, está sometido al escrutinio de todas sus actuaciones. Conforme a ello y a otras causas de diversas índoles, como la alta rentabilidad en materia económica que resulta del ejercicio de demandar a la Nación, determina el gran volumen de acciones contenciosas en contra de ella. Desde la promulgación de la constitución de 1991, se han expedido múltiples leyes y decretos encaminados a la solución alternativa de conflictos, dentro de los cuales se encuentra la conciliación extrajudicial en materia contencioso administrativa. Se debe precisar desde un inicio, que la investigación que se presenta, no se encamina al examen de mecanismos alternativos de solución de conflictos ni a la conciliación de manera general, sobre la cual mucho se ha expuesto

    Eficacia de la conciliación prejudicial en derecho administrativo como requisito de procedibilidad

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    CD-T 342.066 B39;57 p.Establecer la efectividad de la conciliación prejudicial en materia contenciosa administrativa, como mecanismo alternativo de solución de conflictos.Universidad Libre Seccional Pereir

    La conciliación prejudicial administrativa como requisito de procedibilidad en la jurisdicción administrativa

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    Se afirma que la conciliación prejudicial es una institución que ha cobrado relevancia en nuestro país como mecanismo para: i) descongestionar los estrados judiciales; ii) reprimir la carga que tienen los jueces; iii) básicamente cumplir con los principios de justicia, basado en la celeridad, efectividad y economía procesal. Empero, otros autores hacen una reflexión que revela un panorama distinto

    Conciliación administrativa frente a los derechos ciertos, indiscutibles e irrenunciables en la jurisdicción contenciosa administrativa de Manizales periodos 2010-2013

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    CD-T 347.09 H43;60 p.Tratándose de acciones contenciosas administrativas, la conciliación se consagro como un mecanismo no sólo para permitir un acuerdo entre las partes dentro de un proceso, sino como una medida de descongestión judicial y taxativamente para ciertas acciones como las de reparación directa, las contractuales y las acciones de nulidad y restablecimiento del derecho, ésta última no para controvertir la nulidad o no del acto administrativo que se demanda, sino para conciliar precisamente ese restablecimiento del derecho siempre y cuando ostente la característica de “interés económico”. Así las cosas, si bien la conciliación prejudicial estaba consagrada como requisito de procedibilidad en las acciones mencionadas anteriormente, fue la Ley 1285 de 2009 la que efectivizó este requisito y que volvió imperativo este mandato, agregándole a la Lay 270 de 1996 “Estatutaria de la Administración de Justicia”, el artículo 42A donde se establece la obligatoriedad de la conciliación prejudicial ante la Jurisdicción contenciosa Administrativa.Universidad Libre Seccional Pereir

    La conciliación prejudicial en asuntos de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos administrativos que deciden sobre derechos de propiedad industrial a la luz del nuevo Estatuto de Conciliación

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    Law 2220 of 2022 removed the restriction of conciliation to matters of economic content, which generated the burden of exhausting the pre-judicial conciliation as a procedural requirement in annulment and reestablishment of rights actions against administrative acts that decide on industrial property rights. This regulatory change has also shown the heterogeneity in the interpretation of the competent entities on the conciliatory or non-conciliatory nature of this type of conflicts, and on which will depend whether the conciliatory procedure must be exhausted or whether a certification of non-conciliatory matter must be issued. The purpose of this article is to determine whether, notwithstanding the modification of the provisions, in this type of disputes the conciliatory procedure should be carried out or not.La Ley 2220 de 2022 eliminó la restricción de la conciliación a asuntos de contenido económico, con lo cual se generó la carga de agotar la conciliación prejudicial como requisito de procedibilidad en medios de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos administrativos que deciden sobre derechos de propiedad industrial. Este cambio normativo ha mostrado también la heterogeneidad en la interpretación de las entidades competentes sobre la naturaleza conciliable —o no— de este tipo de conflictos, y de la cual dependerá si debe agotarse el trámite conciliatorio o si debe expedirse una constancia de asunto no conciliable. Este artículo pretende determinar si, a pesar de la modificación normativa, en este tipo de conflictos procede adelantarse el trámite conciliatorio o no

    Vicisitudes de la conciliación prejudicial en los procesos contencioso administrativos

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    62 páginasEl presente trabajo de investigación tiene por finalidad indagar sobre el tratamiento que el ordenamiento jurídico colombiano le ha dado al mecanismo alternativo de solución de conflictos de la conciliación extrajudicial, a partir de la idea de ser entendida como un medio que busca auxiliar al juez en la tarea de descongestionar la función judicial en Colombia; o si, por el contrario, se ha ido convirtiendo en tan solo un obstáculo para la consecución de sus objetivos.The purpose of this research work is to investigate the treatment that the Colombian legal system has given to the alternative mechanism of conflict resolution of the extrajudicial conciliation, from the idea of being understood as a means that seeks to assist the judge in the task of decongesting the judicial function in Colombia; or if, on the contrary, it has become only an obstacle to the achievement of its objectives.Abogado(a)Pregrad

    La conciliación prejudicial contenciosa administrativa

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    La Conciliación prejudicial Contenciosa Administrativa es uno de los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos más utilizados y eficaces del ordenamiento jurídico. Por ello la evolución, sus avances legales, doctrinales y los diferentes pronunciamientos jurisprudenciales que se han dado en torno a la misma como requisito de procedibilidad.Es necesario remitirse a los principios de celeridad y economía que ayudan a descongestionar los estrados judiciales, los cuales le restan complejidad, esfuerzo, tiempo y dinero a la administración de justicia y determinan si el Estado y los entes conciliadores están totalmente capacitados para llevar a cabo la instancia de conciliación en la etapa prejudicial de aquellos asuntos que son conciliables y que tienen como requisito de procedibilidadA través de la conciliación se otorga un acuerdo justo y equitativo que ofrece el cambio más rápido, expedito y económico para resolver controversias que se presenten entre los dos extremos (L.446/1998, Art 64.
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